28/02/2018

El derecho que rige a las estrellas del fútbol, a examen

Íñigo Abrego ofrece una clase magistral en la que se analizan aspectos del derecho federativo y normativas como la “Ley Beckham”.

¿Qué leyes rigen la actividad de una estrella de fútbol como Leo Messi o Cristiano Ronaldo? Todos conocemos la faceta de estos profesionales del deporte, pero pocas veces se habla del derecho que administra su actividad profesional y cómo tributan en cada país. Por ello, el pasado 27 de febrero, el asesor fiscal de diversos futbolistas, Íñigo Abrego, impartió una conferencia a los alumnos de tercero de Derecho en la que analizaba el derecho deportivo y la residencia fiscal. 

Con motivo del ciclo de conferencias de formación continua, el experto explicó aspectos controvertidos del denominado Derecho Deportivo, en especial, de los derechos federativos de los deportistas profesionales. Además, analizó aspectos tributarios como la jurisdicción fiscal.

“Nos fijamos en los puntos de conexión para determinar dónde debe pagar derechos fiscales una persona”, explicó Abrego, quien añadió: “Es residente fiscal donde pasa el mayor número de días”. Por ello, si un jugador cambia de equipo y con ello de ciudad, al finalizar la temporada deportiva (30 de junio), debe valorar aspectos como la firma de un contrato de alquiler o de compra para controlar la base impositiva.  Lógicamente, no es lo mismo pagar el impuesto de residencia en Catalunya (48 %) que en Madrid (43,5 %).

“No solo hay que fijarse en la normativa española o de otro país, sino también en los tratados internacionales que fijan las reglas para determinar cuál es la residencia fiscal”, puntualizó.

La “Ley Beckham”

Al hilo de esta explicación, los alumnos preguntaron por el Real Decreto 687/2005, más conocido como “Ley Beckham”. Una normativa que, en un principio, se creó para atraer a científicos hasta empresas y universidades del país. A ellos se les permitía tributar por un periodo de tiempo como no residentes (al 24 %) en vez del impuesto habitual para residentes (al 45 %). 

Esta oportunidad la aprovechó el exjugador del Real Madrid, David Beckham, ya que fue uno de los primeros en acogerse, y acuñó así el sobrenombre de la ley. La misma a la que hoy los futbolistas ya no se pueden acoger, tal y como explicó el asesor.