Cada programa de doctorado puede conceder durante el curso académico premios extraordinarios de doctorado en función de la calidad científica de las tesis defendidas.
En cada curso académico se puede otorgar un premio extraordinario, siempre que en este periodo y programa se hayan aprobado cuatro tesis o más con la calificación de sobresaliente cum laude. El tribunal valorará las tesis dentro del año académico siguiente al de su lectura. En caso de que el número de tesis sea inferior a cuatro, se acumulan, en cuanto al número, a las del curso o cursos siguientes hasta un máximo de tres cursos, al final de los cuales se puede otorgar un premio.
Optan al premio extraordinario todas las tesis con calificación sobresaliente cum laude sin necesidad de que el autor lo solicite. Los premios pueden quedar desiertos. Una misma tesis no puede optar al premio extraordinario en más de una convocatoria.
El tribunal que debe juzgar el otorgamiento de este premio es nombrado por el comité de Dirección de la Escuela, y estará formado por cinco miembros: un presidente, un secretario y tres vocales, elegidos entre profesores doctores. El tribunal puede solicitar la colaboración de profesorado especializado en la materia para poder evaluar las diferentes tesis.
El tribunal debe hacer un examen comparativo y minucioso de las diferentes tesis presentadas, sin que pueda hacer ningún ejercicio ni prueba especial. En este examen se tiene en cuenta la valoración que hicieron el día de la defensa de la tesis los miembros del tribunal.
El director de la Escuela informará de las propuestas y resolución del tribunal para su aprobación la Comisión Ejecutiva de la Junta de Gobierno de la Universidad. La Comisión Ejecutiva de la Junta de Gobierno de la Universidad, una vez vistas las propuestas hechas, aprobará la concesión de premios extraordinarios de doctorado antes de que acabe el curso académico.