29/01/2024

El profesor Jordi de Juan analiza en un estudio el nuevo impuesto bancario

El profesor de Derecho analiza críticamente la calificación del impuesto introducido a las entidades de crédito por la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, a la luz de la jurisprudencia constitucional, y las consecuencias que podría comportar su recalificación como impuesto

Jordi de Juan, profesor de la Facultad de Derecho y director de la Cátedra de Empresa Familiar, ha publicado en la revista Crónica Tributaria una investigación titulada “El nuevo impuesto bancario y su dudosa configuración como prestación patrimonial pública no tributaria”. Esta publicación se ha realizado en el marco del grupo de investigación multidisciplinar GRE- Drets, agenda 2030 i recuperació sostenible a Catalunya (RESCAT 2030), coordinado por la también profesora de la Facultad de Derecho Maria Mut.

En esta publicación, De Juan aborda un polémico gravamen introducido en nuestro ordenamiento jurídico por la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, creado para gravar a entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito. “Dada su dudosa configuración como prestación patrimonial de carácter público no tributaria, y a la luz de la jurisprudencia constitucional que destilan los caracteres que la configuran y sus diferencias con los impuestos, hemos analizado la verdadera naturaleza de este gravamen”, afirma el profesor e investigador.

El informe dedica especial importancia a tratar las consecuencias jurídicas que implicaría la recalificación del gravamen temporal. “Particularmente, —comenta el jurista— podrían suscitarse dudas de inconstitucionalidad a la luz de los principios de justicia tributaria recogidos en el artículo 31.1 de la Constitución española”.

Este estudio se ha realizado en el contexto de las actuales contiendas judiciales, que se han iniciado por diversas entidades de crédito que buscan el planteamiento de cuestiones de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional y cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (que actualmente se dirimen ante la Audiencia Nacional). 

Según el experto, de considerarse incompatible dicho gravamen con los postulados del ordenamiento tributario, podrían suponer devoluciones millonarias a los sujetos gravados por la prestación.